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Personas y beneficios
Asistencia médica y coberturas de vida para los colaboradores y sus familias. Una parte es obligatoria por ley y otra es decisión de la empresa: conviene distinguirlas.
Modalidades
Qué opciones existen y qué cubre cada una.
- Seguros de salud privados
- Atención con cobertura ambulatoria, hospitalaria, de emergencia, maternidad y oncología, entre otras. Dan acceso además a los programas EPS: un plan complementario a los servicios de EsSalud que contrata el empleador, con infraestructura propia y de terceros. Hablar con un asesor
- Seguros de salud grupales
- Planes médicos ofrecidos a través del empleador, diseñados para cubrir las necesidades del trabajador y las de su familia. Hablar con un asesor
- SCTR de accidentes y pensiones
- El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo protege a los trabajadores expuestos a actividades de riesgo. La cobertura de salud atiende los gastos por accidentes ocurridos mientras se labora; la de pensión cubre una pensión en caso de fallecimiento o de invalidez permanente o parcial. Hablar con un asesor
- Accidentes personales
- Protección ante muerte accidental, con pago de hasta el doble o el triple de la suma asegurada según el tipo de accidente. Incluye respaldo económico ante invalidez total y permanente o desmembramiento accidental, e indemnizaciones hospitalarias diarias por accidente. Hablar con un asesor
- Vida grupo
- Un plan de vida diseñado para el conjunto de colaboradores de la empresa, con beneficios adicionales a los del seguro de vida individual. Hablar con un asesor
- Vida Ley
- Obligatorio para los trabajadores con cuatro años de labores en la empresa, y opcional desde los tres meses para quienes prestan servicios a un empleador. El pago del aporte corre a cargo de la entidad empleadora. Hablar con un asesor
Es una descripción general de cada modalidad. El alcance exacto —sumas, deducibles, exclusiones y carencias— lo fija el condicionado de la póliza que se contrate, y es lo que revisamos contigo antes de firmar.
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